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    Se regula comercialización y uso de andaderas en Costa Rica

    Sábado 25 de marzo de 2017. Un nuevo decreto emitió el Ministerio de Salud y el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, con el fin de velar por la seguridad e integridad del niño y la niña.

    Se trata del Decreto No. 40.229-S-MEIC que busca regular la: “Prohibición de importación y distribución, venta y publicidad de andaderas en edad pediátrica”, publicado en el Alcance Digital No. 67 a la Gaceta No. 60 del 24 de marzo de 2017.

    Las andaderas se podrán adquirir y usar por parte de niños y niñas, únicamente cuando éstas, sean recetadas por un médico, y se expendan por centros autorizados como Farmacias o Ventas de Equipo Médico y/o Ortopédico. Para ello, se ha dado el plazo de 6 meses estipulado por Ley a la hora de aplicar Reglamentación Técnica novedosa.

    El Ministro de Salud y Rector en Salud, Nutrición y Deporte, Dr. Fernando Llorca Castro manifestó: "la iniciativa ha surgido de una gran cantidad de especialistas del Hospital de Niños liderados en su momento por el Dr. Rodolfo Hernández e impulsado, por su Directora actual, la Dra. Olga Arguedas. Es otro ejemplo de coordinación interinstitucional e intersectorial, ya que el MEIC supo comprender la medida, en franco beneficio de los más pequeñitos de nuestro país.

    Según estadísticas del Hospital Nacional de Niños, del año 2010 al año 2016, han ocurrido 434 accidentes en el país, como consecuencia directa del uso de andaderas en la edad pediátrica.

    Para el cumplimiento de este Reglamento, el Ministerio de Salud ejercerá, mediante las 82 Áreas Rectoras de Salud, lo concerniente a la fiscalización de estos dispositivos. 

    Ministerio de Salud. Oficina de Prensa.

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