Trámite Permisos Sanitarios de Funcionamiento para Establecimientos Industriales, Comerciales y de Servicios

De acuerdo con la Ley General de Salud y Reglamento general para permisos sanitarios de funcionamiento, permisos de habilitación y autorizaciones para eventos temporales de concentración masiva de personas, otorgados por el Ministerio de Salud, todos los establecimientos industriales, comerciales y de servicio deben contar la autorización o Permiso Sanitario de Funcionamiento para operar en el territorio nacional, según sea la actividad.

Requisitos

Anexos

Como complemento a esta tabla y para mejor comprensión, se debe consultar el documento completo “Clasificación de Actividades Económicas de Costa Rica, San José, Costa Rica, Marzo 2014, CAECR,2011” en el siguiente enlace: http://sistemas.inec.cr/sitiosen/sitiosen/FrmActividadEconomica.aspx

- Cuenta Cliente para Depósitos de Dinero para Permisos de Funcionamiento

Recuerde que los requisitos también dependerán del grupo de riesgo A, B o C.

Antes de Presentar el Trámite
Las condiciones previas, son requisitos que se deben cumplir antes de realizar la solicitud del permiso, de acuerdo a la actividad y su grupo de riesgo A, B o C. Puede verificarlas en el art.8 del Decreto 43432-S.

¿Dónde se Presenta?
En el Área Rectora del Ministerio de Salud más cercana a la ubicación de su establecimiento.

Legislación Específica

Guías de Inspección

Formularios oficiales de evaluación de instalaciones de Gas Licuado de Petróleo (G.L.P.)

Contactos

Imprimir