Trámites de calderas y autoclaves
Decreto Ejecutivo N.° 45059-S-MTSS
Con el fin de facilitar a las personas usuarias la realización de los trámites relacionados con calderas y autoclaves, la Dirección de Salud Ambiental, en adelante Dirección, pone a disposición esta sección informativa, donde se explica de manera sencilla cómo gestionar cada solicitud conforme a la normativa vigente.
De acuerdo con la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos y el Reglamento de Calderas y Autoclaves (Decreto Ejecutivo N.° 45059-S-MTSS), el Ministerio de Salud ha establecido procedimientos claros y estandarizados para garantizar la seguridad en la instalación y operación de estos equipos, así como la protección de la salud de la población.
En este espacio encontrará la información necesaria para realizar, según corresponda, los siguientes trámites:
Trámites de calderas (a través de la Ventanilla Única de Inversión https://inversion.vui.cr/.):
- Inscripción y renovación del Inspector de Calderas Autorizado.
- Autorización de instalación de calderas (nuevas, usadas y traslados).
- Autorización y renovación de operación de calderas por primera vez.
- Renovación de la autorización de operación de calderas.
- Presentación del Informe Anual de Inspección de Calderas.
- Notificación de modificaciones, salida de servicio, descontinuación o venta de calderas.
Otros trámites (vía correo electrónico
- Autorización de operación y renovación de operación de autoclaves.
- Salida de servicio por mantenimiento, operación, descontinuación de operación o venta de calderas o autoclaves.
- Operador calificado de calderas.
- Curso teórico Operador calificado de calderas.
- Empresas de mantenimiento, reparación y venta de calderas y autoclaves.
Le invitamos a revisar cuidadosamente la información disponible y utilizar el canal correspondiente para cada trámite, con el fin de asegurar una atención oportuna y eficiente.
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1. Inscripción y Renovación de Inspector de Calderas Autorizado
Descripción del Trámite (Artículo 5)
El profesional interesado en ser Inspector de Calderas Autorizado, previo a su inscripción ante la Dirección, deberá cumplir con la formación profesional establecida por el CFIA o el CIQPA, según corresponda, para contar con los conocimientos actualizados y especializados en la materia.
El profesional interesado en ser Inspector de Calderas Autorizado debe cumplir con los requisitos solicitados por su respectivo colegio profesional e inscribirse en la Dirección.
Esta inscripción tendrá una vigencia de 5 años. Tres meses antes de su vencimiento el interesado debe solicitar la renovación.
Requisitos para la inscripción y renovación
- Presentar la autorización del CFIA o del CIQPA para ejercer como Inspector de Calderas Autorizado.
- Completar el “Formulario de Solicitud de Inscripción de Inspector de Calderas Autorizado”. (Formulario 1) en https://inversion.vui.cr/
Documentos de referencia
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2. Autorización de Instalación de Calderas
Autorización de Instalación de Calderas
De conformidad con el Decreto Ejecutivo N.° 45059-S-MTSS, Reglamento de Calderas y Autoclaves, en adelante reglamento, en su artículo 10, establece que este es el trámite inicial que debe efectuar el usuario antes de instalar una caldera en su empresa o institución.
Lo anterior incluye todo proyecto de caldera sea nueva o usada, que se instale por primera vez, o que sea removida y trasladada a otro sitio de la propiedad o que exista y quiera poner a derecho.
Para tramitar la solicitud de Autorización de Instalación de una caldera nueva o usada, se debe presentar los requisitos ante el Ministerio de Salud, a través del sistema “VUI-Calderas”, mediante la dirección electrónica: https://inversion.vui.cr/. En este caso es obligatorio el uso de la firma digital para todos los documentos que deban firmar el Inspector de Calderas y el Representante Legal de la empresa donde se instalará la caldera, mediante la plataforma VUI.
Entiéndase para el trámite en particular por caldera nueva o usada y traslado de caldera lo siguiente:
- Caldera nueva: caldera que ha sido adquirida por la institución o empresa y que no se ha puesto en funcionamiento previamente.
- Caldera usada: caldera que ha estado en funcionamiento y ha sido instalada previamente en otra institución o empresa.
- Traslado de Caldera: Equipos que se trasladan de una empresa a otra, o de un lugar a otro dentro de las mismas instalaciones de la empresa.
Una vez que el trámite de Instalación sea aprobado por la Dirección, se debe tramitar la Autorización de Operación por primera vez.
Requisitos
Se debe presentar los siguientes requisitos:
- Completar en el sistema “VUI-Calderas”, la información solicitada para el trámite de Instalación de caldera.
- Certificado sobre la Inspección y pruebas de fábrica suministrado por el fabricante. De no existir este certificado, el mismo debe ser extendido por el Inspector de Calderas Autorizado, mediante el cálculo de espesores y evaluación interna y externa, de acuerdo con lo solicitado en los artículos del 59 al 102 del reglamento.
- Número de proyecto de CFIA del plano, que se encuentra en la Plataforma y módulos de trámite digital de planos y permisos de construcción administrada por el CFIA. En el caso de los planos elaborados por los profesionales del CIQPA, éstos serán revisados por la Dirección siempre y cuando no incorporen obras civiles o arquitectónicas hasta tanto se cumpla lo dispuesto en el Transitorio VII del reglamento. Los planos deben incluir lo establecido en el artículo 10, inciso 1.
Documentos de referencia
Manual de Autorización de instalación de calderas (Adjunto 3)
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3. Autorización de Operación de Calderas de Primera Vez, Traslado y de Renovación
Descripción del TrámitePosterior al otorgamiento de la Autorización de Instalación, el Inspector de Calderas Autorizado, debe presentar ante la Dirección a través del sistema “VUI-Calderas” (dirección electrónica: https://inversion.vui.cr/) la solicitud de Autorización de Operación de una caldera nueva o usada tipo A, B, C o D, o que ha sido trasladada.
Al aprobarse el trámite se emitirá un certificado de “Autorización de Operación de Calderas”, con una vigencia de 5 años, cumplido ese tiempo el administrado tiene la obligación de tramitar ante la Dirección la renovación de su autorización.
Importante que luego de aprobada la autorización de operación, toda caldera debe ser sometida anualmente a una inspección que debe ser realizada por el inspector de caldera autorizado. Ver detalle en Inspección Anual (Sección 4)Requisitos
Se establecen los siguientes requisitos para la solicitud de autorización:- Completar en el sistema “VUI-Calderas, la información solicitada para el trámite de Autorización de Operación de caldera.
- Registro fotográfico de la instalación y sus componentes.
- Certificación de la medición del caudal diario de la purga firmado por el Inspector de Calderas Autorizado, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 107 del reglamento.
- Si la caldera es tipo D, se debe adjuntar un diagrama de ubicación de la caldera.
- En el caso de calderas usadas tipo A, B, C y D, con 25 años de fabricación o más, se debe presentar un informe sobre los ensayos no destructivos que se detallan en los artículos 79, 80, 81, 82, 83 y 84 del reglamento. Para calderas de menor antigüedad la presentación de dicho informe queda a criterio del Inspector de Calderas Autorizado o del Ministerio de Salud, cuando en la Inspección anual se detecte alguna falla, daño o desgaste.
Documentos de referencia
Manual de Autorización de Operación (Adjunto 4)
Manual de Renovación Autorización de Operación (Adjunto 5) -
4. Inspección Anual de Calderas
Descripción del Trámite
Durante el periodo de vigencia de la Autorización de Operación, el usuario debe asegurarse que toda caldera A, B, o C sea sometida a una inspección anual, para lo cual debe solicitar anualmente al Inspector de Calderas Autorizado realizar una inspección.
La presentación del “Informe Anual de Inspección de Calderas” debe realizar a través del sistema “VUI-Calderas” (dirección electrónica: https://inversion.vui.cr/).Requisitos
Se establecen los siguientes requisitos para la solicitud de autorización:- Completar en el sistema “VUI-Calderas, la información solicitada para el trámite de Inspección anual de caldera.
- Registro fotográfico de la instalación y sus componentes.
- Certificación de la medición del caudal diario de la purga firmado por el Inspector de Calderas Autorizado, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 107 del reglamento.
- Si la caldera es tipo D, se debe adjuntar un diagrama de ubicación de la caldera.
- En el caso de calderas usadas tipo A, B, C y D, con 25 años de fabricación o más, se debe presentar un informe sobre los ensayos no destructivos que se detallan en los artículos 79, 80, 81, 82, 83 y 84 del reglamento. Para calderas de menor antigüedad la presentación de dicho informe queda a criterio del Inspector de Calderas Autorizado o del Ministerio de Salud, cuando en la Inspección anual se detecte alguna falla, daño o desgaste.
Documentos de referencia
Manual de Usuario -Inspección anual Calderas Autorización de Operación (Adjunto 6) -
5. Autoclaves
Descripción del Trámite
Las autoclaves pueden instalarse en el sitio de trabajo según criterio técnico del inspector y empresa, requiriéndose asegurar el acceso para su mantenimiento; y por esta razón no se realiza trámite de instalación ante la Dirección.
Para poder operar una autoclave, el interesado debe contar con una autorización de operación otorgada por la Dirección cuya vigencia será de 5 años. El administrado tiene la obligación de tramitar ante la Dirección la renovación de su autorización un mes antes de la fecha de vencimiento del certificado de Autorización de Operación.
En atención a lo dispuesto en el Transitorio II del reglamento, los usuarios de autoclaves deberán ajustar sus instalaciones en un plazo de doce (12) meses, plazo que vence en enero de 2027, a partir del cual se iniciarán los trámites correspondientes. Actualmente, se trabaja en la habilitación de dichos trámites en la plataforma VUI.Requisitos
Se establecen los siguientes requisitos para la solicitud de autorización:- Presentar la solicitud de Autorización de Operación de Autoclaves o renovación.
Documentos
Formulario de autorización de operación Primera Vez Autoclave (Adjunto 7) -
6. Salida de Servicio por Mantenimiento, Operación, Descontinuación de Operación o Venta de Calderas o Autoclaves
Descripción del Trámite
Cuando una caldera o autoclave salga de servicio por razones de mantenimiento o de operación, por un periodo que supere el vencimiento de la Renovación de Operación, el usuario lo debe notificar de inmediato al Inspector de Calderas, quién debe de informar a la Dirección las acciones a seguir. Además, se debe realizar la anotación del evento en la Bitácora de inspección. (Artículo 20)
Cuando se decida descontinuar la operación o se realice la venta de una caldera o autoclave, el usuario debe informar a la Dirección, detallando las razones y su disposición final.Requisitos
Se establecen los siguientes requisitos para la solicitud de autorización:- Completar formulario de Descontinuación de calderas y enviarlo al correo:
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- Completar formulario de Descontinuación de calderas y enviarlo al correo:
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7. Operador Calificado de Calderas
Descripción del Trámite
De conformidad con el artículo 42, del reglamento, toda instalación de calderas debe contar con un Operador Calificado de Calderas asignado durante el periodo de funcionamiento. El usuario mantendrá la capacitación formal y continua para el buen desempeño de sus funciones. El operador calificado de calderas está en la obligación de comunicarle inmediatamente al usuario o al Inspector de Calderas Autorizado de cualquier deficiencia o daño que note en las calderas y en la instalación, para su pronta valoración.
Para operar una caldera es necesario que el operador cuente con la Autorización de Operador Calificado de Calderas. Esta autorización debe renovarse cuando ocurra algún cambio en la tecnología relacionado a los equipos cubiertos en la capacitación práctica o un cambio de lugar de trabajo.Requisitos
Se establecen los siguientes requisitos para la solicitud de autorización para Operador Calificado de Calderas:- Formulario de Autorización de Operador Calificado de Calderas.
- Certificado de aprobación de curso teórico de operador de calderas.
- Carta de aprobación de curso práctico de operación de las calderas que va a operar, firmado por el Inspector de Calderas Autorizado.
Los documentos anteriores deben presentarse, en el Área Rectora de Salud a la que pertenece el sitio donde está ubicada la caldera.
Documentos
Perfil de operador de calderas. (Adjunto 9)
Formulario de inscripción de Operador Calificado de Calderas. (Adjunto 10) -
8. Curso Teórico Operador Calificado de Calderas
Descripción del Trámite
La Dirección autorizará a las personas físicas o jurídicas que con apego a la legislación se encuentren autorizados a impartir cursos teóricos, y que dentro de sus programas tenga el curso de Operador de Calderas, siempre que el mismo cumpla con el contenido del curso cuya información se detalla en la sección de documentos, adjunto 11 y la duración de este no podrá ser menor a 24 horas.
Requisitos
El interesado debe presentar los siguientes requisitos:
Formulario de Solicitud de Registro como capacitador de Operador Calificado de Calderas y enviarlo al correo:Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. .Documentos
Contenido del curso teórico de operador de calderas. (Adjunto 11)
Formulario de registro de capacitador de operador calificado de calderas. (Adjunto 12)
Listado de capacitadores (Adjunto 13) -
9. Empresas de Mantenimiento, Reparación y Venta de Calderas y Autoclaves.
Descripción del Trámite
Las calderas y autoclaves son equipos sujetos a presión cuya operación involucra condiciones termodinámicas críticas, tales como altas temperaturas y presiones internas, lo que representa riesgos significativos para la seguridad de las personas, las instalaciones y el entorno. En consecuencia, las actividades de mantenimiento, reparación y comercialización de estos equipos deben ejecutarse bajo estrictos criterios técnicos, normativos y de control sanitario, con el fin de garantizar su integridad mecánica, confiabilidad operativa y cumplimiento de los estándares de seguridad aplicables.
En este marco, la aplicación de los artículos 136, 137,138, 139 y 140 del reglamento resulta técnicamente necesaria para establecer los lineamientos que regulan la inscripción, el funcionamiento y las responsabilidades de las empresas dedicadas a dichas actividades.
Todas las empresas inscritas que brinden servicios de mantenimiento, reparación o venta de calderas y autoclaves, están en la obligación de informar a la Dirección, de las calderas y autoclaves reparados o vendidos en forma anual, así como el sitio previsto de instalación mediante la presentación de la información solicitada en el documento Adjunto 15.Requisitos
Para la solicitud de inscripción de empresas de mantenimiento, reparación o venta de calderas y autoclaves se debe cumplir con los siguientes requisitos:- Completar formulario de inscripción de empresas de mantenimiento.
- Contar Permiso Sanitario de Funcionamiento, en caso de que cuenten con taller, el cual debe ser verificado por la Dirección.
- Personería jurídica vigente
- Indicar el nombre del ingeniero responsable, mismo que debe estar inscrito en el Colegio Profesional CFIA O CIQPA.
- Solicitud formal indicando referencias sobre la experiencia profesional en la reparación de calderas y autoclaves, en donde al menos uno de sus funcionarios debe contar con 5 años.
Los documentos deben enviarse al correo:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. .
Documentos
Formulario de inscripción de empresas de mantenimiento. (Adjunto 14)
Informe Anual de calderas reparadas o vendidas. (Adjunto 15)
Listado de empresas de mantenimiento, reparación y venta de calderas y autoclaves (Adjunto 16)