Auditoría General de Servicios de Salud

Historia

La Auditoría General de Servicios de Salud, fue creada mediante la Ley N°8239 Derechos y Deberes de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud Públicos y Privados, vigente desde 19 de abril del 2002, como órgano de desconcentración máxima del Ministerio de Salud. Esta Auditoría tiene como objeto tutelar los derechos y las obligaciones de las personas usuarias los servicios de salud, públicos y privados, establecidos en el territorio nacional.

Normativa

Denuncia o Reclamo

¿Quiénes pueden acudir a la Auditoría General de Servicios de Salud?

Toda persona usuaria de los servicios de salud públicos o privados que, con motivo de la atención en salud, se considere agraviada o violentada en sus derechos podrá presentar ante la Auditoría General de Servicios de Salud cualquier inconformidad (denuncia, queja o reclamo) de inmediato o, a más tardar, dentro de los cinco días hábiles siguientes al hecho que los originó; salvo cuando el afectado se encuentre internado, en tal caso, el plazo comenzará a correr a partir de su egreso del centro de salud.

Contacto

Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Ingresando a la página web: Una vez completo el  Formulario presentación de denuncia o reclamo enviarlo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Horario de atención: lunes a viernes, de 8:00 am a 4:00 pm, jornada continua

Requisitos para presentar denuncia o reclamo

Completar los datos en el Formulario presentación de denuncia o reclamo, el cual incluye los siguientes requisitos:

  1. Nombre completo del denunciante.
  2. Número de identificación*.
  3. Teléfono.
  4. Correo electrónico para recibir notificaciones.
  5. Detalle de los hechos u omisiones que motivan la denuncia.
  6. Nombre del funcionario(a) y/o del servicio de salud involucrado.
  7. Cualquier referencia o elemento de prueba.
  8. Pretensión.
  9. Firma**.

*Personas nacionales presentan cedula de identidad, personas extranjeras presentar pasaporte, cédula de residencia o carné de refugiado vigentes.

** En cuanto a la firma, la denuncia puede contener firma digital; si no posee ésta, puede firmar el documento a mano, escanearlo o tomarle fotografía y adjuntarlo a la denuncia, junto con la copia de su cédula de identidad. 

Imprimir Correo electrónico

  • Sistema de Compras Publicas
  • Observatorio Geografico en Salud
  • Sistema Registrelo
  • Notificación de Reacciones Adversas a Medicamentos
  • Ventanilla Única de Inversión
  • Observatorio de Vigilancia de Estrategias e Intervenciones en Salud