Decreto promueve que medicamentos que requieren receta médica pasen a receta digital

3 octubre de 2019. El Ministerio de Salud sacó a consulta el “Reglamento para la vigilancia y control del uso de medicamentos y su aplicación con el sistema de receta digital” el cual pretende que los medicamentos que hoy se venden en la farmacia bajo receta médica, ahora se extiendan bajo receta digital, permitiendo tener un registro de los consumos que realiza la población.

Decreto promueve que medicamentos que requieren receta médica pasen a receta digital

El uso excesivo de algunos medicamentos genera resistencia a los microbios que impiden que tengan un efecto adecuado. Para darle seguimiento a esta resistencia se promueve la receta digital. Esta iniciativa ya está implementada en el caso de la venta de psicotrópicos y estupefacientes, los cuales anteriormente se expedían mediante la receta física verde y hoy se prescriben mediante receta digital, lo cual permite darle seguimiento al consumo nacional de este tipo de medicamentos.

“Esto no significa que la población va a requerir una consulta médica y una receta digital para todo lo que normalmente compra en una farmacia. Existen medicamentos de venta libre que seguirán de esta forma. Lo que pretendemos es que los medicamentos como los antibióticos, antivirales y antimicóticos inyectados o tomados que actualmente requieren receta médica para su entrega, ahora se prescriban por receta digital y de esta forma podamos dar seguimiento a los patrones de consumo nacional” afirmó el Ministro de Salud, Daniel Salas.

Para claridad de la ciudadanía y de los profesionales en salud, el Ministerio de Salud publicará la lista de estos medicamentos antibióticos, antivirales y antimicóticos inyectados o tomados para los cuales será obligatorio presentar la prescripción mediante receta digital. Dicha publicación, según lo establece el mismo decreto, se realizará antes de su entrada en vigencia.

El Reglamento se encuentra en consulta pública hasta el próximo martes 8 de octubre, recibiendo observaciones por parte de los interesados, posterior a dicha fecha se realizarán las modificaciones respectivas y la publicación en la Gaceta. La entrada en vigencia será seis meses después de dicha publicación.

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