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    Salud simplifica trámites para registrar suplementos a la dieta

    • Registros sanitarios  más ágiles y efectivos

    30 de marzo del 2017. De ahora en adelante, el Ministerio de Salud reconoce los registros de los suplementos a la dieta registrados en los países que esta Cartera considere cuenten con normativa similar o con estándares superiores a los nuestros, como Canadá o algunos países de la Unión Europea.

    Se trata de una modificación a la normativa que regula los suplementos a la dieta, la cual permite agilizar los procedimientos de registros de estos productos en el Ministerio de Salud, con la promulgación del decreto ejecutivo 40.233-S “Modificación y adición al reglamento suplementos a la dieta”.

    Con este decreto, Salud agiliza y simplifica los trámites requeridos para el registro de este tipo de productos, con el fin de ofrecer mejores condiciones y facilidades a las empresas que comercializan estos productos, permitiéndoles mayor competitividad y eficiencia en el sector productivo.

    El registro no excluirá la responsabilidad plena de las personas físicas o jurídicas que hayan fabricado, elaborado o importado el suplemento alimenticio, en cuanto a su garantía sanitaria, calidad nutritiva e inocuidad.

    Más información sobre esta normativa dirigirse a la Dirección de Regulación de Productos de Interés Sanitario del Ministerio de Salud. Tel. 2257- 2090.

    Ministerio de Salud. Oficina de Prensa.

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