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    Ministerio de Salud presenta reglamentación para el uso de vapeadeores en Costa Rica

    • Salud emite resolución ministerial para prohibir productos que tengan nicotina sintética y líquidos tipo cannabinoides.

    Martes 14 de mayo, 2024. En el país se presenta un notable incremento en el uso de vapeadores y cigarrillos electrónicos. Según información de la Caja Costarricense de Seguro Social, del 2021-2024, se registraron, 3170 casos de personas atendidas con diagnósticos relacionados con el vapeo. Del total, el 40% de los casos reportados son del año 2024.

    En razón a estos datos esta mañana, el Ministerio de Salud presenta la reglamentación que aplicará en el país para el uso y venta de vapeadores, en concordancia con la Ley 10.066 que contempla la regulación de los sistemas electrónicos de administración de nicotina (SEAN), sistemas similares sin nicotina (SSSN) y dispositivos electrónicos que utilizan tabaco calentado y tecnologías similares.

    En un primer lugar, el Ministerio de Salud informa que se emitirá una resolución ministerial de acatamiento para prohibir productos que tengan nicotina sintética en Costa Rica, así como aquellos que tienen incorporado líquidos tipo cannabinoides, dado que estos representan un riesgo sanitario. Esta resolución estará hasta la promulgación del Reglamento Técnico de Costa Rica (RTCR), el cual se encuentra en construcción con los equipos técnicos, y debe pasar por procesos de consulta pública tanto nacional como internacional para su aprobación.

    Por otro lado, se ha presentado un proyecto de ley elaborado por el Ministerio de Salud, con el respaldo de otros ministerios del Poder Ejecutivo. El principal objetivo de esta iniciativa es diseñar una reforma integral de la ley 10.066, con el propósito de fortalecer y corregir todas las deficiencias legales que actualmente afectan a dicha normativa.

    Pero, además, se presentó el reglamento que regulará la ley 10. 066, el cual está en revisión de Leyes y Decretos para la firma del presidente.

     

     
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